¿El pago de pensión alimenticia es imponible?

Ya sea que estés redactando un acuerdo de separación o ya tengas el decreto de divorcio en mano, puede haber muchas implicaciones financieras y fiscales desafiantes al divorciarse. Y si estarás recibiendo o pagando pagos de pensión alimenticia como parte de tu acuerdo de divorcio, es posible que te estés preguntando cómo se reporta ese ingreso en tu declaración de impuestos.

La buena noticia es que gracias a la simplificación de las reglas fiscales en torno al divorcio cortesía de la Ley de Recortes de Impuestos y Empleos de 2017 (TCJA), el Servicio de Impuestos Internos (IRS) ya no requiere que ciertos tipos de reportes conyugales, específicamente los pagos de pensión alimenticia, se reporten como parte de tu ingreso imponible.

Veamos más de cerca lo que eso podría significar para tu responsabilidad fiscal y la de tu ex cónyuge, y por qué las parejas antiguas con un acuerdo de divorcio o una orden judicial anterior a 2019 deben seguir reglas fiscales diferentes.

La respuesta depende de cuándo te divorciaste. Si tu divorcio o separación legal se finalizó el 1 de enero de 2019 o después, los pagos de pensión alimenticia no son considerados ingresos brutos imponibles para el cónyuge receptor.

Para aquellos que no cumplen con las nuevas reglas, el tratamiento fiscal de la pensión alimenticia puede ser un poco más complicado. Si tu divorcio se finalizó en o antes del 31 de diciembre de 2018, la pensión alimenticia debe ser reportada en tu declaración de impuestos. El cónyuge receptor debe reportar cualquier cantidad de pensión alimenticia como ingreso al IRS.

Si eres el contribuyente responsable de pagar la pensión alimenticia, ese dinero no es deducible para los divorcios finalizados en 2019 o después.

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Si tu decreto de divorcio es anterior a 2019, la deducción por pensión alimenticia es un poco más complicada. Para el cónyuge que paga, los pagos de pensión alimenticia son elegibles para una deducción fiscal sobre la línea, lo que puede ayudarte a evitar caer en un tramo impositivo más alto.

La pensión alimenticia se define como el apoyo financiero que un ex cónyuge, generalmente el que gana más, paga a otro. Esto es diferente del mantenimiento separado, que es el apoyo financiero que forma parte de una separación legal cuando las parejas todavía están casadas.

Para ser considerada pensión alimenticia a efectos fiscales, el IRS dice que el apoyo conyugal debe cumplir con los siguientes criterios:

No se presenta una declaración de impuestos conjunta para el año fiscal actual.

El pago se realiza en efectivo, cheque o giros bancarios.

El pago va a un cónyuge o ex cónyuge bajo un instrumento de divorcio o separación.

Los cónyuges o ex cónyuges no comparten un hogar cuando se realizan los pagos.

Los pagos no están obligados a realizarse en efectivo o propiedad después de la muerte del cónyuge receptor.

El pago no forma parte de un acuerdo de propiedad o de pagos de manutención infantil.

Para ser considerada pensión alimenticia, el acuerdo de divorcio o separación tampoco puede especificar que el pago debe ser parte del ingreso bruto del cónyuge receptor o que no es deducible para el cónyuge pagador.

La pensión alimenticia es una forma de apoyo conyugal diseñado para proporcionar apoyo financiero a hijos adoptivos o biológicos del matrimonio. Típicamente, la pensión alimenticia se paga directamente al padre con custodia principal o a aquel considerado por el tribunal como el padre custodio hasta que el hijo cumple 18 años.

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Si tu decreto de divorcio se finalizó antes del 1 de enero de 2019, estás obligado a reportar la pensión alimenticia o los pagos de pensión alimenticia que recibes en tu declaración de impuestos federal utilizando el Formulario 1040, Anexo 1.

En el caso del pagador de pensión alimenticia, los pagos anteriores a 2019 tienen beneficios fiscales y son una deducción sobre la línea. Puedes ingresar la cantidad de pensión alimenticia pagada y el número de Seguro Social del beneficiario en tu Formulario 1040.

Para divorcios finalizados después de 2019, ni el cónyuge que paga ni el que recibe la pensión alimenticia deben reportarla al IRS.

Sí, los pagos de pensión alimenticia pueden ser tratados de manera diferente dependiendo de tu estado. Por ejemplo, en California, los pagos sobre ingresos de bienes comunitarios no se consideran pensión alimenticia. Deberías consultar el sitio web del departamento de ingresos de tu estado para obtener más información sobre cómo reportar el apoyo conyugal con fines fiscales estatales.

Por lo general, el padre con custodia debe reclamar al hijo como dependiente para recibir el crédito fiscal por hijo, pero esto también puede depender de si el decreto de divorcio especifica un enfoque diferente. Por ejemplo, algunos padres pueden acordar turnarse para reclamar al dependiente cada dos años fiscales.

Para el IRS, el padre con custodia es el padre con quien el hijo o dependiente vive la mayoría del año fiscal.