El ajuste será aplicado al salario de nueve sectores de la economía dividido en dos partes
El Ministerio del Trabajo (Mitrab) se plegó a la propuesta del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep) y ordenó, tal y como la organización empresarial había propuesto, un ajuste del 10.40 por ciento a la paga mínima de nueve sectores de la economía.
Los representantes de las organizaciones sindicales pedían un incremento del 12 por ciento para ocho sectores de la economía y habían alcanzado el consenso con los representantes del Consejo Nicaragüense de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Conimipyme), en torno a ajuste diferenciado del 9 por ciento al salario mínimo que devengan los trabajadores de las pequeñas y medianas empresas (pymes).
Sin embargo, el Mitrab ordenó un incremento generalizado del 10.40 por ciento para todos los sectores.
Dicho incremento será aplicado a los salarios mínimos vigentes en dos partes, la primera de 5.2 por ciento a partir del 1 de marzo y el restante 5.2 por ciento a partir a partir del 1 de septiembre.
Estos son los nuevos salarios mínimos vigentes en Nicaragua a partir del 1 de marzo de 2018:
Agropecuario: 4,176.49 córdobas mensuales
Pesca: 6,350.48 córdobas mensuales
Minas y canteras: 7,500.80 córdobas mensuales
Industrias manufactureras: 5,615.75 córdobas mensuales
Micro y pequeña industria artesanal y turística nacional: 4,487.41 córdobas mensuales
Electricidad, gas y agua. Comercio, restaurantes, hoteles, transporte y comunicaciones: 7,660.52 córdobas mensuales
Construcción, establecimientos financieros y seguros: 9,346.59 córdobas mensuales
Servicios comunales, sociales y personales: 5,854.99 córdobas mensuales
Gobierno central y municipal: 5,208.27 córdobas mensuales
Ante el vencimiento de los dos meses calendario establecidos por la Ley 625, Ley del Salario Mínimo, para negociar el ajuste y ante la falta de consenso entre las partes -empresarios, sindicatos y Gobierno- el Mitrab ordenó el incremento.